Despido verbal de un empleado, todo lo que tienes que saber
Los artículos 53 y 55 ET estiman que el despido es una acción formal que debe ser recibido por el receptor deseado.
El despido es mayormente conocido por su formato escrito, pero también se puede proceder a un despido de forma verbal. Sin embargo, el despido verbal tiene diferentes efectos.
¿En qué consiste el despido verbal?
Un despido verbal corresponde al despido que se realiza sin notificar a través de una carta y sin ponerlo a disposición del trabajador en cuestión.
Al ser el despido un acto formal, esta formalidad solamente se dirige a que el trabajador reciba una carta donde se indique tanto la fecha de comunicación como las razones y la fecha del despido.
Estos datos se requieren para que el empleado pueda ejercer su derecho de defensa tras la notificación del despido. La correcta notificación, así como que no se haya producido una indefensión serán unos aspectos que tendrán en cuenta los tribunales.
Cabe destacar que la fecha en la que se proceda a la notificación será el momento en el que comenzará el periodo de interposición de las acciones judiciales o de las razones. La compañía no podrá justificar el despido con unos motivos nuevos si el caso llega a juicio. En cuanto a la fecha de efectos, esta variará según si se tiene que abonar el preaviso.
¿Incumple el despido verbal con la legislación laboral?
Como norma general, el despido verbal es legal, aunque es recomendable dejarlo por escrito con una notificación. El Estatuto de los Trabajadores estipula en su artículo 55 que el despido tiene que ser comunicado al empleado por escrito. A pesar de ello, en el apartado dos señala que en caso de que el despido no se haya llevado a cabo por escrito, la compañía tendrá que hacerlo de nuevo cumpliendo con las condiciones omitidas.
En este supuesto, la fecha de efectos será la que corresponde al segundo despido.
¿Hay opción a recurrir un despido verbal?
Si se despide a un empleado verbalmente, este tendrá que reaccionar con rapidez, debido a que solo posee un plazo de 20 días hábiles para recurrir.
Para este caso, lo fundamental será demostrar la existencia de este despido verbal. Para ello, el empleado, en el momento del despido verbal, debería mandar un burofax a la compañía indicando que ha sido despedido verbalmente y que al no poseer ninguna carta, exige a la compañía que manifieste por escrito las razones del despido.
De esta forma, se consigue probar que no nos encontramos ante una baja voluntaria del empleado o ante una renuncia del trabajo.
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 217, en caso de que el empresario niegue el despido, el empleado será el que poseerá la responsabilidad de demostrar que sí hubo un despido.
El despido verbal como despido improcedente o nulo
El despido verbal incumple las estipulaciones de la legislación laboral, que en suma, limita la capacidad del empleado de defenderse. En estos casos, se prevee que en los judiciales se llegue a una declaración de improcedencia.
Además, si se incumple algún derecho fundamental, el despido pasará a considerarse nulo.
En este último supuesto, el trabajador podrá exigir una indemnización extra por daños, además de los salarios que tendrán que abonar hasta el día de la sentencia.
Efectos del despido para la empresa y para el trabajador
Para la empresa, nunca será recomendable que se lleve a cabo un despido de forma verbal, debido a que se podría incumplir alguna condición requerida. Esto causaría una situación muy negativa en el proceso laboral.
En cuanto al empleado, la única cuestión relevante es demostrar que realmente existió ese despido verbal.
Debido a que la compañía no ha acreditado ninguna razón del despido, existen muchas opciones por las que nos podríamos encontrar ante un despido improcedente. Un despido que podría pasar a nulo en caso de vulneración de derechos.
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